Thursday, July 01, 2010

Cecilia Malmström.-

Comisaría Europea de Interior
BE-1049 Bruselas
22 de junio de 2010

Estimada Comisaría,

La directiva de 2006/24 de la UE sobre conservación de datos exige a las empresas de telecomunicaciones que almacenen información de las comunicaciones de todos sus clientes. Aunque el pretexto era eliminar barreras para el mercado único, la directiva se propuso como medida orientada a facilitar la investigación y persecución de delitos. La Directiva establece un procedimiento para recoger detalles de quién se ha comunicado con quién a través de diversos sistemas de comunicación electrónicos.
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En el caso de las llamadas y mensajes SMS a teléfonos móviles también se registra la ubicación respectiva de los usuarios. Además de otros datos, también se deben registrar los detalles de la utilización de Internet.

Creemos que esta vigilancia invasiva del conjunto de la población es inaceptable. Con la instauración de un régimen de conservación de datos se está recogiendo información delicada sobre los contactos (incluidos los profesionales), los movimientos y la vida privada (por ejemplo, con médicos, abogados, sindicatos, psicólogos, líneas de atención telefónica, etc.) de 500 millones de europeos sobre los que no recae ninguna sospecha. La conservación de datos de telecomunicaciones menoscaba el carácter confidencial profesional, plantea el riesgo permanente de que haya fugas de datos y mala utilización de la información y disuade a los ciudadanos de establecer comunicaciones confidenciales a través de redes de comunicación electrónicas. Socava la salvaguarda de las fuentes periodísticas y, por tanto, pone en peligro la libertad de prensa. En conjunto, deteriora las condiciones anteriores de nuestra sociedad abierta y democrática. En ausencia de un plan de compensación económica en la mayoría de los países, los inmensos costes de un régimen de conservación de datos de telecomunicaciones debe ser soportado por los miles de proveedores de telecomunicaciones afectados. Ello conduce a un incremento de precios, así como a la interrupción de servicios e, indirectamente, la carga recae sobre los consumidores.

Los estudios demuestran que la información sobre comunicaciones que puede obtenerse sin este régimen de conservación de datos suele bastar para llevar a cabo investigaciones policiales eficaces. El almacenamiento ilegal de datos ha demostrado ser superfluo, pernicioso e incluso inconstitucional en muchos Estados de toda Europa, como Austria, Bélgica, Alemania, Grecia, Rumanía y Suecia.

Dichos Estados persiguen el delito con la misma eficacia utilizando instrumentos específicamente diseñados a tal efecto, como el régimen de conservación de datos acordado en por la Convención sobre Delitos Informáticos del Consejo de Europa. No hay evidencia alguna de que la conservación de datos de telecomunicaciones ofrezca mejores garantías contra el delito. Por otra parte, podemos apreciar que cuesta miles de millones de euros, pone en peligro la privacidad de personas inocentes, perturba la confidencialidad de las comunicaciones y allana el camino para la acumulación masiva y siempre creciente de información sobre la totalidad de la población.

Los especialistas jurídicos confían que el Tribunal de Justicia Europeo siga el ejemplo del Tribunal Constitucional de Rumanía, así como de la sentencia Marper del Tribunal Europeo de Derechos Humanos y declaren incompatible con la Carta de Derechos Fundamentales de la UE la conservación de datos de telecomunicaciones cuando no existen sospechas.

Nos oponemos colectivamente a la Directiva sobre conservación de datos de telecomunicaciones. Le urgimos a proponer la revocación de las exigencias de la UE en relación con el almacenamiento de datos en beneficio de un sistema de conservación acelerado y de recolección específica de datos de tráfico tal como el acordado por la Convención sobre Delitos Informáticos del Consejo de Europa. Cuente con la garantía de nuestro apoyo en esa tarea.

Atentamente,

José M. Mosquera
Príncipe de Septimio-Bathzabbay El Tadmur
Gran Maestre .-